Resumen del Artículo noventa y ocho

Artículo noventa y ocho del Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) — y ocho El Tribunal Constitucional tendrá un Secretario General elegido por el Pleno y nombrado por el Presidente entre los letrados, cuya jefatura ejercerá sin perjuicio de las facultades que corresponden al Presidente, al Tribunal y a las Salas.

LOTCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo noventa y ocho

El Tribunal Constitucional tendrá un Secretario General elegido por el Pleno y nombrado por el Presidente entre los letrados, cuya jefatura ejercerá sin perjuicio de las facultades que corresponden al Presidente, al Tribunal y a las Salas.

Norma publicada: 3 de octubre de 1979

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo noventa y ocho

¿Qué dice el Artículo noventa y ocho del LOTC?

y ocho El Tribunal Constitucional tendrá un Secretario General elegido por el Pleno y nombrado por el Presidente entre los letrados, cuya jefatura ejercerá sin perjuicio de las facultades que…

¿El Artículo noventa y ocho del LOTC está vigente?

El artículo noventa y ocho del LOTC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo noventa y ocho dentro del LOTC?

Forma parte del articulado del Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo noventa y ocho?

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